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SCJN descriminaliza aborto por violación

Este martes 7 de julio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró inconstitucional la criminalización del aborto a mujeres víctimas de violación. Con ello se quita la limitante de los primeros tres meses de embarazo estipulados hasta el momento.

Conforme a votación unánime; la Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional el artículo 181 del Código Penal de Chiapas que determina que es posible el aborto en casos de violación dentro de los 90 días después da la gestación del producto.

Conforme a lo anterior. La discusión se puso en la mesa tras el caso de una menor de edad con parálisis cerebral, violada en 2018, quien no pudo realizarse un aborto debido a contar con 23 semanas de embarazo cuando acudió al Hospital General de Tapachula, Chiapas.

Ante lo anterior la SCJN determinó otorgar un amparo además de anunciar la sentencia sobre las autoridades de salud estatales para pagar por la reparación integral a favor de la parte quejosa y cumplimentar sin dilación alguna, todas y cada una de las medidas impuestas, dentro de lo cual se especifica el reembolso de gastos médicos.

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