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Yucatán Despenaliza el Aborto hasta las 12 Semanas y Endurece Penas por Aborto Forzado

Un avance significativo en materia de derechos reproductivos ha tenido lugar en Yucatán. Este miércoles 9 de abril de 2025, el Congreso del Estado de Yucatán aprobó una reforma clave que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), siempre y cuando se realice dentro de las primeras 12 semanas de gestación.

Luz Verde en el Congreso Yucateco: Un Voto por la Autonomía

En una sesión ordinaria, la propuesta recibió un respaldo mayoritario con 22 votos a favor y 13 en contra. Esta decisión alinea a Yucatán con la sentencia emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que reconoce la autonomía reproductiva y el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes.

Con esta aprobación, Yucatán se convierte en la entidad número 20 de las 32 en México en permitir legalmente la interrupción del embarazo en las primeras etapas, sumándose a estados como Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Veracruz y Zacatecas, entre otros.

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Puntos Clave de la Reforma Aprobada en Yucatán

La reforma aprobada en Yucatán contempla varios aspectos importantes:

  1. Despenalización hasta la Semana 12: Se elimina la sanción penal para mujeres y personas gestantes que decidan interrumpir su embarazo antes de cumplir las 12 semanas de gestación.
  2. Endurecimiento de Penas por Aborto Forzado: De manera crucial, la misma reforma aumenta significativamente las sanciones para quien obligue a una mujer o persona gestante a abortar.
    • La pena por aborto forzado pasa de un rango de 3 a 8 años, a uno de 5 a 10 años de prisión.
    • Si el aborto forzado se comete con violencia, las penas se incrementan de un rango de 6 a 9 años, a uno de 9 a 15 años de prisión.
  3. Definición de Aborto: Se mantiene la definición de aborto establecida en el artículo 389 del Código Penal de Yucatán como la interrupción del embarazo en cualquier momento antes de su conclusión. Esto implica que, fuera del plazo de las 12 semanas y de las causales ya permitidas, la interrupción del embarazo sigue siendo considerada un delito.
  4. Propuesta Adicional: Durante el debate, la diputada Clara Paola Rosales Montiel (Morena) propuso una modificación para añadir al Código Penal estatal que, si no se acredita el delito de aborto, no pueda reclasificarse como homicidio por razón de parentesco.

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Un Avance Alineado con la Tendencia Nacional

La decisión del Congreso de Yucatán refleja un movimiento más amplio en México, impulsado por la Suprema Corte, hacia el reconocimiento y la garantía de los derechos sexuales y reproductivos. Al despenalizar la IVE en las primeras 12 semanas, el estado se suma a la mayoría de las entidades que buscan asegurar el acceso a servicios de salud reproductiva y respetar la autonomía de las personas sobre sus propios cuerpos.

Esta reforma marca un momento clave para Yucatán, equilibrando la protección del derecho a decidir con un castigo más severo para quienes vulneran la voluntad de las mujeres y personas gestantes mediante el aborto forzado.

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